NATURALEZA DEL CONTRATO Y RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
Las presentes condiciones regulan el acceso y uso de la plataforma tecnológica de intermediación KOACHILE, de propiedad de DRIDKUL SpA. El Usuario y el prestador de servicios de transporte reconocen que La Compañía no es una empresa de transportes, logística ni mudanzas, limitándose exclusivamente a la intermediación digital entre terceros independientes.
Aceptación por Uso y Usuario Invitado: El acceso a la plataforma KOACHILE puede realizarse mediante registro de cuenta o en modalidad de "Usuario Invitado" (punto de venta o acceso directo web). El pago del servicio y/o la emisión de una solicitud de licitación constituye la aceptación íntegra e irrevocable de estos Términos y Condiciones, vinculando legalmente al Usuario con DRIDKUL SpA y el Socio Transportista, independiente de la creación de un perfil permanente.
DRIDKUL SpA no es una empresa de transportes, no posee flota de vehículos propia ni mantiene vínculos de subordinación o dependencia con los Socios Transportistas. La plataforma es un software de coordinación; la ejecución del flete es un contrato privado entre el Usuario y el Socio Transportista.
MODELO OPERATIVO
SISTEMA DE LICITACIÓN PRIVADA E INTERMEDIACIÓN
La Plataforma opera bajo un modelo de licitación privada e instantánea, cuya estructura jurídica se define de la siguiente forma:
Requerimiento de Servicio: El Usuario emite una solicitud detallada de transporte que constituye una invitación a ofertar. Dicha solicitud incluye especificaciones técnicas de la carga, georreferenciación y condiciones logísticas de entrega.
Oferta de Servicios: Los Socios Transportistas, en su calidad de prestadores independientes, proponen de manera autónoma y discrecional el valor económico por la prestación del servicio. Esta propuesta constituye una oferta firme de contrato de transporte.
Adjudicación y Perfeccionamiento: El contrato de transporte se considera perfeccionado y vinculante exclusivamente entre el Usuario y el Socio Transportista en el momento en que el primero selecciona una oferta (Adjudicación) y procede al pago íntegro de la tarifa a través de los medios dispuestos por La Compañía.
Rol de la Compañía: La Compañía actúa únicamente como el soporte tecnológico que facilita el encuentro de las voluntades y como mandatario de cobro para asegurar la trazabilidad de la transacción. El cumplimiento de las obligaciones derivadas del transporte (integridad de la carga, plazos y seguridad) es de exclusiva responsabilidad de las partes contratantes.
OBLIGACIONES ESENCIALES Y PROHIBICIONES ESTRICTAS
El acceso y permanencia en el Ecosistema DRIDKUL SpA están sujetos al cumplimiento irrestricto de las siguientes disposiciones, cuya infracción se considerará un incumplimiento grave de las condiciones de servicio:
3.1 Exclusividad de Recaudación Digital
Se prohíbe taxativamente la exigencia, cobro o solución de honorarios mediante dinero en efectivo o cualquier mecanismo de pago externo a la pasarela integrada en la Plataforma. Esta medida garantiza la trazabilidad financiera, la seguridad de las partes y la integridad del modelo de intermediación. La contravención de esta norma facultará a La Compañía para la resolución inmediata del contrato y la inhabilitación permanente de las cuentas del Usuario y del Socio Transportista involucrados.
3.2 Identidad de Activos y Operadores (Principio de Registro Único)
La prestación del servicio de transporte es intransferible y debe ser ejecutada exclusivamente por el conductor registrado y mediante el vehículo cuya placa patente y registro fotográfico coincidan con la base de datos de La Compañía. El Usuario posee la facultad de rescindir el servicio en el punto de origen si detectase discrepancias en la identidad del activo o del operador, sin perjuicio de las sanciones administrativas y la expulsión definitiva del Socio Transportista de la red.
3.3 Exclusividad de Ejecución Logística
Con el fin de asegurar la calidad del servicio y el cumplimiento de los plazos de entrega, el Socio Transportista que mantenga un servicio en estado "En Ruta" o "En Ejecución" quedará inhabilitado por el sistema para participar en nuevas licitaciones. Esta restricción de disponibilidad se mantendrá vigente hasta la confirmación de la recepción conforme de la carga por parte del Usuario en el sistema.
3.4 Protocolo de Disponibilidad y Notificaciones Push
El Socio Transportista reconoce que la operatividad de KOACHILE depende de la recepción oportuna de alertas. Para asegurar la participación en el sistema de licitación, el Socio Transportista se obliga a:
Habilitar Notificaciones: Mantener activas las notificaciones "Push" de la App KOACHILECHILE en su dispositivo móvil.
Ejecución en Segundo Plano: Configurar su dispositivo para permitir que la App KOACHILECHILE se ejecute en segundo plano, desactivando cualquier restricción de "ahorro de batería" que impida la recepción de alertas de subasta.
Responsabilidad de Conectividad: La Compañía no será responsable por ofertas no recibidas debido a configuraciones del dispositivo, falta de datos móviles o restricciones del sistema operativo del Socio Transportista. La no recepción de alertas por estas causas no exime al Socio Transportista de las reglas de exclusividad o penalizaciones si existiere un servicio ya adjudicado.
3.5 Consentimiento de Uso de Imagen
El Socio Transportista autoriza a DRIDKUL SpA para utilizar su nombre de pila, fotografía de perfil y registro visual del vehículo con fines promocionales, testimoniales o publicitarios de la plataforma KOACHILE, sin derecho a compensación económica adicional.
3.6 Prohibición de Negociación Directa
Queda estrictamente prohibido que el Usuario y el Socio Transportista utilicen la información obtenida a través de la Plataforma para coordinar, negociar o ejecutar servicios de transporte de manera directa, evadiendo la intermediación y comisión de KOACHILE. El incumplimiento de esta cláusula se considera una falta gravísima a la buena fe contractual y facultará a DRIDKUL SpA para la inhabilitación permanente y definitiva de ambas cuentas del sistema.
CONDICIONES DE LA CARGA, SEGURIDAD Y ESPECIFICACIONES LOGÍSTICAS
El Usuario asume la responsabilidad plena por la naturaleza y estado de los bienes cuyo traslado solicita a través de la plataforma. Para tales efectos, se establecen las siguientes condiciones de cumplimiento obligatorio:
4.1 Exclusión de Responsabilidad por la Carga
El Socio Transportista es el único responsable por la integridad, custodia y entrega de los bienes transportados. DRIDKUL SpA no será responsable bajo ninguna circunstancia por pérdidas, mermas, daños accidentales, hurtos o robos que afecten a la carga durante el trayecto o las maniobras de carga y descarga. El Usuario reconoce que la plataforma solo provee la conexión tecnológica y no asegura los bienes transportados.
4.2 Declaración Jurada de Contenido y Registro Visual
Al generar una solicitud de servicio, el Usuario realiza una declaración jurada sobre la naturaleza, volumen y peso de la carga. Es requisito y estrictamente necesario la carga de registros fotográficos fidedignos y actualizados de los bienes en la plataforma. DRIDKUL SpA y el Socio Transportista se reservan el derecho de contrastar dicha información al momento de la carga, pudiendo rescindir el servicio en caso de discrepancias sustanciales que comprometan la seguridad del transporte.
4.3 Bienes Excluidos y Garantía de Licitud
El Usuario declara y garantiza que los bienes cuyo traslado solicita tienen una procedencia lícita y cuenta con todas las autorizaciones o guías de despacho exigidas por la legislación chilena. Queda estrictamente prohibido el transporte de mercancías peligrosas (inflamables, explosivos, químicos nocivos), artículos ilícitos, sustancias prohibidas por la Ley 20.000, contrabando, seres vivos, restos humanos, armas de fuego, dinero en efectivo, instrumentos financieros, metales o piedras preciosas y objetos de valor artístico incalculable. El Usuario mantendrá indemne a DRIDKUL SpA ante cualquier sanción administrativa, civil o penal derivada del incumplimiento de esta cláusula, asumiendo total responsabilidad ante las autoridades competentes.
4.4 Especificaciones de Esfuerzo Logístico
El Usuario debe declarar con exactitud las condiciones del entorno de entrega y la carga (peso/volumen). Si al momento de la ejecución la carga excede la capacidad técnica del vehículo registrado o las condiciones de acceso no fueron declaradas, el Socio Transportista podrá rescindir el servicio, aplicándose la Cláusula Penal del 10% por Servicio Fallido (punto 6.4). DRIDKUL SpA no es empleador ni mandante de los transportistas ni de sus auxiliares o peonetas; es responsabilidad exclusiva del Socio Transportista el cumplimiento de las normativas de seguridad social de cualquier personal adicional que lo acompañe.
4.5 Idoneidad del Embalaje
La preparación, estiba interna y embalaje de los materiales son de exclusiva responsabilidad del Usuario. El Socio Transportista podrá negarse a ejecutar el traslado si la carga no presenta condiciones mínimas de estabilidad o si pone en riesgo la integridad estructural del vehículo de carga.
4.6 Protocolo de Objetos Olvidados
El Usuario tiene la obligación de revisar el compartimento de carga y la cabina del vehículo antes de finalizar el servicio. KOACHILE no se hace responsable por la pérdida, custodia o recuperación de objetos olvidados. Cualquier gestión de devolución será un acuerdo privado entre el Usuario y el Socio Transportista, sin mediación obligatoria de la Compañía.
4.7 Protocolo de Contingencia y Custodia Temporal
En caso de inubicabilidad del Usuario o del receptor en el Punto de Destino, las partes se someterán a las disposiciones legales vigentes bajo el siguiente marco de entendimiento:
Verificación de Inubicabilidad: KOACHILE, en su rol de puente tecnológico, intentará establecer contacto con el Usuario mediante al menos tres (3) intentos de comunicación (llamadas o mensajes a través de los canales oficiales definidos en el Punto 10.1 de este contrato). Se sugiere un margen de espera prudencial de 20 minutos antes de declarar la contingencia, en línea con las buenas prácticas del sector.
Autonomía del Resguardo: Agotados los esfuerzos de comunicación, el Socio Transportista, como transportista independiente, queda facultado para decidir el destino y resguardo de los bienes, actuando bajo la figura del Depósito Necesario (Art. 2236 del Código Civil).
Costos de Retorno y Retención: El Usuario reconoce que el transporte de regreso y la custodia generan gastos adicionales que deben ser compensados al prestador. De acuerdo al Art. 2235 del Código Civil, el Socio Transportista tiene derecho de retención sobre la carga hasta que el Usuario cubra íntegramente los gastos de transporte y conservación derivados de su inubicabilidad.
Límite de Intervención: Pasadas 48 horas sin resolución, KOACHILE cesará su mediación inicial, quedando la disputa como un asunto entre privados.
ESTRUCTURA DE COMISIONES Y LIQUIDACIÓN
5.1 Comisión de Intermediación
Por cada servicio efectivamente concretado y pagado, la compañía percibirá una comisión equivalente al 15% del valor total de la subasta ganadora (IVA incluido).
Proceso de Liquidación de Fondos: La Compañía actúa como mandatario de cobro limitado del Socio Transportista. El pago de los servicios correspondientes, una vez deducida la comisión de plataforma y los costos de transacción de la pasarela de pagos, se gestionará bajo las siguientes condiciones:
Gatillo de Pago: El proceso de liquidación se iniciará únicamente tras la confirmación de la entrega conforme del servicio en el sistema.
Disponibilidad de Fondos: El plazo de transferencia al Socio Transportista será de 24 a 72 horas hábiles, contabilizadas estrictamente a partir del momento en que la institución bancaria y la pasarela de pagos hayan liberado y acreditado efectivamente los fondos en las cuentas de La Compañía.
Exención de Responsabilidad por Retrasos Bancarios: El Socio Transportista acepta que La Compañía no es responsable por demoras derivadas de validaciones de seguridad de las instituciones financieras, retenciones preventivas de las pasarelas de pago o feriados bancarios que pudiesen extender el plazo de acreditación final.
5.2 Régimen de Emisión de Documentos Tributarios y Retenciones
El Socio Transportista es el único responsable de la emisión de los documentos tributarios correspondientes al Usuario final, conforme a la normativa del SII. La Plataforma actúa exclusivamente como intermediario y mandatario de cobro. Para la liquidación de fondos, el Socio Transportista deberá optar por:
A) Emisión de boleta por el prestador: El Socio Transportista deberá emitir la boleta al Usuario por el monto total y subir una copia a la Plataforma en un plazo máximo de 48 horas tras el servicio. La validación de este documento será requisito para la liberación del pago.
B) No emisión de boleta (Retención de IVA): Si el Socio Transportista no emite boleta, la Plataforma aplicará automáticamente una retención equivalente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre el monto del servicio, adicional a la comisión de intermediación, transfiriendo solo el saldo restante.
5.3 Cláusula de Incumplimiento Tributario
Si el Socio Transportista selecciona la opción de emitir boleta y no cumple en el plazo de 48 horas, KOACHILE aplicará las retenciones de IVA correspondientes y procesará el pago bajo las condiciones de "No emisión de boleta" para resguardar el cumplimiento tributario. El Socio Transportista declara que la correcta declaración y pago de sus impuestos es de su exclusiva responsabilidad.
PROTOCOLO DE REPROGRAMACIÓN, CANCELACIÓN Y CLÁUSULA PENAL
Con el objetivo de garantizar la eficiencia operativa de la red y resguardar la sostenibilidad financiera de la plataforma, se establecen las siguientes condiciones de cumplimiento automatizado:
6.1 Facultad de Reprogramación
El Usuario podrá solicitar la modificación de la fecha o bloque horario del servicio hasta un máximo de dos (2) eventos sin recargo adicional. Para que dicha solicitud sea válida, deberá efectuarse con una antelación mínima de 120 minutos (2 horas) respecto al horario originalmente pactado.
6.2 Gestión de Disponibilidad y Ventana de Reasignación
Ante una solicitud de reprogramación válida, se consultará prioritariamente la disponibilidad del Socio Transportista adjudicado. De no existir aceptación, el servicio será liberado a la red para una nueva asignación manteniendo el valor transaccionado originalmente.
Garantía del 100% por Falta de Cobertura (Tiempo de Corte): El sistema buscará activamente un nuevo Socio Transportista hasta un límite de 120 minutos (2 horas) antes del nuevo horario programado. Si cumplido ese plazo de seguridad no se lograra una nueva adjudicación que iguale la oferta original, el Usuario podrá solicitar la resolución del contrato con la restitución del 100% de los fondos. En este escenario de falta de cobertura oportuna, DRIDKUL SpA asumirá íntegramente los costos transaccionales y bancarios.
6.3 Restitución Parcial por Gastos de Gestión (Regla del 95%)
En eventos donde el Usuario solicite la devolución de su dinero por causas no imputables a la plataforma (desistimiento voluntario existiendo oferta disponible, cancelación dentro de los plazos permitidos o no aceptación de ofertas de reemplazo antes del tiempo de corte), la restitución será equivalente al 95% del valor total. El 5% retenido corresponde a la cobertura de comisiones de la pasarela de pagos y gastos de gestión bancaria irrevocables.
6.4 Cláusula Penal por Cancelación Tardía o Inasistencia (Regla del 10%)
El sistema procesará automáticamente una retención equivalente al 10% del valor total del servicio, en los siguientes supuestos de incumplimiento grave:
A. Tercera solicitud de reprogramación: Si el Usuario intenta realizar una tercera (3ra) solicitud de cambio de bloque horario.
B. Cancelación Tardía: Si el Usuario cancela el servicio con una antelación inferior a los 120 minutos (2 horas) previos al inicio del bloque horario pactado.
C. Servicio Fallido por Inasistencia y Cierre Automático: Se considerará inasistencia cuando el Socio Transportista arribe al punto de origen y el Usuario no se encuentre presente, no responda a los contactos o no permita la ejecución del flete. Para activar esta penalidad, se aplicará estrictamente el siguiente estándar:
Espera Obligatoria: El Socio Transportista debe permanecer un mínimo de 20 minutos en el punto de origen.
Intentos de Contacto: El Socio Transportista debe realizar al menos tres (3) intentos de contacto vía App o llamada telefónica. En caso de no obtener respuesta, deberá notificar inmediatamente a la Central KOACHILE.
Validación de la Central: KOACHILE realizará un último intento de contacto de emergencia. De persistir la falta de respuesta por 5 minutos adicionales, se procederá a la cancelación definitiva y el cobro de la multa.
Cierre por Falta de Confirmación: Para efectos de liquidación de fondos, si tras la entrega el Usuario no confirma la recepción conforme en la App, el sistema dará por finalizado y aceptado el servicio automáticamente transcurridas 2 horas desde el aviso de término del Socio Transportista, salvo que exista un reclamo formal ingresado en dicho lapso.
Distribución e Indemnización: Esta retención del 10% tiene carácter de cláusula penal única y absorbe los gastos de gestión mencionados en el punto 6.3. Dicho monto se distribuirá en partes iguales (50% para DRIDKUL SpA y 50% para el Socio Transportista) como indemnización por lucro cesante, tiempo de espera y costos operativos.
Requisitos de Validación: Para que el pago de la multa al Socio Transportista sea procedente, KOACHILE exigirá un registro fotográfico en el punto de origen (donde se visualice el entorno y la identificación del vehículo) junto con el registro de georreferenciación (GPS) de la plataforma que confirme la ubicación y tiempo de espera.
Sin perjuicio de la Cláusula Penal, el Usuario reconoce que si el Socio Transportista debe realizar un trayecto de retorno al origen o hacia un lugar de resguardo, dicho traslado constituye un servicio adicional. El valor de este flete de retorno y los gastos de custodia deberán ser pagados por el Usuario para habilitar la restitución de sus bienes, de acuerdo al Derecho de Retención vigente.
6.5 Control de Reincidencia y Abuso de Plataforma
DRIDKUL SpA utilizará su registro histórico para monitorear comportamientos reincidentes. Si un Usuario presenta un historial de múltiples cancelaciones o solicitudes de devolución sistemáticas, La Compañía se reserva el derecho de aplicar la retención del 10% incluso en casos de subastas desiertas, y proceder al bloqueo definitivo de la cuenta.
6.6 Exención por Fuerza Mayor o Caso Fortuito
No se aplicarán las Cláusulas Penales del punto 6.3 y 6.4 ante eventos de fuerza mayor debidamente acreditados (desastres naturales, cortes de ruta por accidentes o protestas, estados de catástrofe o fallas masivas de telecomunicaciones). En estos casos, el servicio podrá ser anulado sin multa para ambas partes y KOACHILE activará el protocolo de re-subasta de urgencia para intentar cubrir la necesidad del Usuario.
PROTOCOLO DE SEGURIDAD ANTE INCUMPLIMIENTO DE IDENTIDAD (ACTIVOS Y OPERADORES)
La seguridad del Ecosistema KOACHILECHILE se basa en la trazabilidad exacta de los vehículos y conductores. Cualquier discrepancia de identidad se considera una falta gravísima que activa el siguiente protocolo de protección inmediata:
7.1 Facultad de Rechazo del Usuario
El Usuario tiene el derecho y la obligación de verificar que el vehículo y el operador coincidan exactamente con la placa patente y el registro fotográfico de la Plataforma. Ante cualquier inconsistencia o suplantación, el Usuario podrá rechazar la prestación del servicio de manera inmediata.
7.2 Sanciones al Socio Transportista
La suplantación de identidad o el uso de activos no registrados derivará en la expulsión inmediata y permanente del Socio Transportista de la Plataforma, sin derecho a apelación. DRIDKUL SpA se reserva el derecho de ejercer acciones legales por el compromiso a la seguridad del ecosistema.
7.3 Activación de Re-subasta de Urgencia
Ante un rechazo validado por identidad, la Plataforma activará instantáneamente un estado de "Prioridad Crítica", notificando a la red de Socios Transportistas cercanos para cubrir el servicio bajo las mismas condiciones económicas originales.
7.4 Derecho de Resolución Inmediata y Restitución Íntegra
Al ser un incumplimiento de seguridad ajeno al Usuario, este no será penalizado bajo ningún concepto. El Usuario podrá optar por:
Esperar la re-asignación en calidad de urgencia.
Solicitar la devolución inmediata si decide no esperar la búsqueda de un nuevo prestador.
En ambos casos, si el Usuario decide cancelar tras el incidente, tendrá derecho a la restitución del 100% de los fondos. DRIDKUL SpA asumirá íntegramente todos los costos transaccionales y bancarios, garantizando que el Usuario no sufra menoscabo económico ni demoras injustificadas por la falta del prestador inicial.
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y RÉGIMEN DE INDEMNIDAD
Dada la naturaleza de DRIDKUL SpA como proveedor de servicios tecnológicos de intermediación, las partes aceptan el siguiente régimen de responsabilidad:
8.1 Exclusión de Responsabilidad por la Carga
DRIDKUL SpA no asume responsabilidad alguna por daños emergentes, lucro cesante, pérdida de datos, mermas, hurtos o daños físicos que pudiesen afectar a los bienes transportados. El Usuario reconoce que la custodia y preservación de la carga es de exclusiva responsabilidad del Socio Transportista desde el momento de la estiba hasta su entrega final.
8.2 Responsabilidad Civil y Penal
La Compañía no se hará responsable bajo ningún concepto por daños materiales, lesiones corporales, incapacidad o muerte que afecten al Usuario, al Socio Transportista o a terceros durante la ejecución del servicio. KOACHILE no es empleador ni mandante de los transportistas, por lo que no asume costos de reparación, servicios médicos, deducibles de seguros ni indemnizaciones de cualquier naturaleza derivados de accidentes de tránsito, altercados personales o manipulación de carga. Asimismo, KOACHILE no asume responsabilidad alguna por infracciones a la Ley de Tránsito, multas de TAG, partes empadronados o cualquier sanción derivada de la conducción del vehículo. Dichos costos son de responsabilidad exclusiva y personal del Socio Transportista, quien actúa como prestador independiente bajo su propio riesgo y arbitrio.
8.3 Limitación de Alcance Tecnológico
DRIDKUL SpA empleará en la mantención y seguridad de la plataforma la diligencia y cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios (Art. 44 del Código Civil), no siendo responsable por ataques cibernéticos, fallas sistémicas accidentales o vulneraciones que escapen a este estándar de cuidado razonable y que correspondan a la naturaleza fortuita de los servicios digitales.
8.4 Cláusula de Indemnidad
Tanto el Usuario como el Socio Transportista se obligan a mantener indemne a DRIDKUL SpA, sus directores y empleados, frente a cualquier reclamación, demanda, sanción administrativa o judicial interpuesta por terceros que tenga su origen en el incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones o en la ejecución negligente del servicio de transporte.
8.5 Seguros y Previsión
Es de exclusiva responsabilidad del Socio Transportista contar con los seguros obligatorios del vehículo (SOAP), revisiones técnicas al día y su propia cobertura de salud y previsión social. El Usuario, por su parte, podrá contratar seguros adicionales para su carga de manera independiente. KOACHILE no actúa como aseguradora ni garantiza la solvencia de las partes ante siniestros.
8.6 Inexistencia de Responsabilidad por Delitos
El Socio Transportista acepta que el ejercicio del transporte es una actividad que conlleva riesgos intrínsecos. KOACHILE no será responsable ante robos, hurtos, portonazos o cualquier delito violento que afecte al Socio Transportista, sus trabajadores o su activo (camión) durante la prestación del servicio. La elección de aceptar una ruta en base a la geolocalización es de exclusiva responsabilidad del transportista.
LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN Y CONSENTIMIENTO DIGITAL
9.1 Marco Regulatorio
Los presentes Términos se rigen por las leyes de la República de Chile. La aceptación mediante "clic" y/o el uso de la plataforma constituye un Contrato de Adhesión vinculante.
9.2 Jurisdicción
Las partes fijan su domicilio en la comuna de Providencia, Santiago.
9.3 Validez
Se reconoce pleno valor probatorio a este documento electrónico según la Ley N° 19.799.
CANALES DE COMUNICACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
10.1 Notificaciones Formales
Para efectos legales, se establece como canal oficial exclusivo el correo: legal@koachile.cl. Sin perjuicio de lo anterior, el Usuario y el Socio Transportista otorgan su consentimiento expreso a KOACHILE para el envío de alertas de subasta, confirmaciones de pago y mensajes operativos a través de WhatsApp, SMS y notificaciones Push. Las partes reconocen estos canales como domicilios electrónicos válidos para la coordinación y ejecución diaria del servicio, conforme a la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada.
10.2 Domicilio Electrónico
Las partes aceptan que el correo electrónico registrado y los canales definidos en el punto 10.1 son válidos para notificaciones. KOACHILE solo entregará registros de georreferenciación (GPS), logs e identidad de las partes ante el requerimiento de una autoridad competente o mediante solicitud formal al correo legal@koachile.cl, siempre bajo el marco de la Ley N° 19.628.
10.3 Protección de Datos (Ley 19.628)
DRIDKUL SpA garantiza que el tratamiento de datos (RUT, patentes, geolocalización) será estrictamente para fines operativos y de seguridad del ecosistema. El Usuario podrá ejercer sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) a través del correo oficial.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Todo el contenido de la plataforma, incluyendo de manera enunciativa pero no limitada al nombre KOACHILE, logotipos, interfaces, códigos de programación (fuente y objeto), algoritmos de licitación, bases de datos de precios y registros de socios, son propiedad exclusiva de DRIDKUL SpA. Se prohíbe estrictamente la ingeniería inversa, descompilación o desensamblaje del software, así como el uso de "bots", "scraping", "crawlers" o cualquier sistema automatizado para extraer información o replicar la lógica operativa de la plataforma con fines comerciales externos. La contravención de esta cláusula facultará a La Compañía para ejercer acciones civiles y penales bajo la Ley N° 17.336 y la Ley N° 19.223.
En caso de que el transportista suba documentos que no corresponden, la empresa no se hace responsable por daños, robos, accidentes, etc